Ley de Alcohol Cero en la Provincia: cuáles son las modificaciones para evitar falsos positivos

La Provincia de Buenos Aires estableció un mínimo de error tolerable en los instrumentos utilizados para evaluar la concentración de alcohol en sangre. Además se estableció la posibilidad de repetir la prueba en algunos casos. Las medidas apuntan exclusivamente a evitar falsos positivos.

El mínimo de error tolerable de los instrumentos utilizados para la medición de concentración de alcohol en sangre será de 0,07 g/l.

De esta manera, no se considerará una infracción a la Ley de Alcohol Cero cuando el resultado de la medición sea igual o menor a dicho valor (0,07g/l).

La Ley de Alcohol Cero al Volante rige en la provincia de Buenos Aires desde el 1º de abril de 2023.

La misma eliminó el grado permitido de 500 miligramos de alcohol por litro de sangre y estableció penas más severas para los conductores en estado de ebriedad que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación para conducir. 

«Las modificaciones que entraron en vigencia apuntan exclusivamente a evitar falsos positivos. Por eso es importante reiterarles a los vecinos que, si consumieron alcohol, no deben conducir. No sólo porque así lo establece la ley, sino porque de esa manera están cuidando su vida y también la de los demás», remarcaron desde el Ministerio de Transporte.

La “Ley de Alcohol Cero al volante» prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre alcoholemia positiva en un control. La negativa o resistencia por parte de los conductores a ser evaluados configura una “falta grave» y habilita la retención preventiva de la licencia y la imposición de la inhabilitación prevista.

Además, si al momento del test de alcoholemia positivo no hay otra persona habilitada a conducir, el vehículo debe ser secuestrado por la autoridad de aplicación.